Cuando decides iniciar un negocio, uno de los pasos más importantes es elegir el más indicado entre los tipos de sociedades comerciales en Colombia.
La estructura que escojas determinará cómo gestionas tu empresa, las responsabilidades legales que asumes y las oportunidades de crecimiento que tendrás.
En este artículo, te guiaremos a través de las distintas opciones que tienes a disposición, ayudándote a tomar la mejor decisión para tu crecimiento empresarial.
¿Qué son las Sociedades Comerciales en Colombia?
En términos sencillos, una sociedad comercial es una entidad jurídica que se forma cuando dos o más personas (o, en algunos casos, una sola persona) se asocian para llevar a cabo una actividad económica con ánimo de lucro.
Al crear una sociedad, estás estableciendo una figura legal que será responsable de las obligaciones y derechos relacionados con el negocio.
Ahora, ¿por qué es importante este concepto? Porque la estructura legal que elijas va a determinar aspectos esenciales como la responsabilidad que tendrás frente a las deudas de la empresa, la forma en que se repartirán las ganancias, y el manejo administrativo del negocio.
Además, cada tipo de sociedad tiene sus propias reglas y características, lo que puede influir significativamente en el éxito y la operatividad de tu empresa.
Por ejemplo, en una Sociedad Anónima (S.A.), la responsabilidad de los socios está limitada al monto de su aporte, lo cual puede ser un alivio si consideras los riesgos de la actividad que piensas desarrollar.
Por otro lado, si prefieres una estructura más flexible y menos burocrática, podrías considerar una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), que es una de las formas más populares actualmente en Colombia.
Ahora bien. Es momento de profundizar en las opciones que tienes a disposición para que tomes una decisión informada.
¿Cuáles son los Tipos de Sociedades Comerciales en Colombia?
Sociedades Comerciales de Capital
Cuando hablamos de sociedades comerciales de capital, nos referimos a aquellas donde lo más importante no es quiénes son los socios, sino el capital que estos aportan.
En Colombia, este tipo de sociedades permite que los socios tengan responsabilidad limitada, es decir, que solo responden hasta el monto de su inversión en la empresa.
A continuación, te explicamos cuáles son y cómo funcionan:
Sociedades Anónimas
La Sociedad Anónima es una de las formas más tradicionales de sociedades de capital.
En esta estructura, el capital se divide en acciones, las cuales pueden ser compradas y vendidas libremente, lo que facilita la entrada y salida de socios.
Cada accionista es responsable sólo por el monto de su aporte, lo que significa que si la empresa enfrenta deudas, los bienes personales de los accionistas están protegidos.
Este tipo de sociedad es ideal para grandes empresas que buscan financiamiento a través de la emisión de acciones en la bolsa de valores.
- Número de socios: Mínimo 5 accionistas
- Razón social: Lleva el nombre de la empresa seguido de la expresión “S.A.”.
Sociedades en Comandita por Acciones
Este tipo de sociedad es una combinación interesante entre:
- Socios gestores, que tienen responsabilidad ilimitada y se encargan de la administración, y
- Socios comanditarios, quienes aportan capital y tienen responsabilidad limitada, solo hasta el monto de sus acciones.
La S.C.A. es útil en proyectos donde se busca una clara diferenciación entre los socios que manejan el negocio y aquellos que simplemente desean invertir sin involucrarse en la gestión diaria.
- Número de socios: Mínimo 5 accionistas + 1 socio gestor o colectivo.
- Razón social: Lleva solo el apellido de uno o más socios colectivos, seguido de la expresión “& CIA. S.C.A.”.
Sociedades por Acciones Simplificada
La S.A.S. ha ganado popularidad en los últimos años por su flexibilidad y facilidad de constitución.
Es una sociedad de capital, lo que significa que los socios solo responden por el monto de sus acciones.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que las acciones no pueden ser inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni ser negociadas en la bolsa.
A diferencia de la S.A. y la S.C.A., la sociedad por acciones simplificada (S.A.S.) permite ser constituida por una sola persona, lo que la hace ideal para emprendedores individuales que desean limitar su responsabilidad.
Además, ofrece menos formalidades y costos, lo que facilita su operación y gestión.
- Número de socios: Mínimo 1 o más accionistas.
- Razón social: Lleva solo el nombre de la empresa seguido de la expresión “S.A.S”.
Sociedades de Economía Mixta
Las Sociedades de Economía Mixta son aquellas en las que el capital está conformado tanto por recursos públicos como privados.
Este tipo de sociedad es común en sectores estratégicos donde se requiere una alianza entre el Estado y el sector privado, como en infraestructura o servicios públicos.
Aquí, la participación pública y privada se regula mediante estatutos específicos, y la gestión suele estar sujeta a controles adicionales para asegurar que se cumplan los objetivos de interés público.
Sociedades Comerciales de Personas
Las sociedades comerciales de personas se caracterizan por dar mayor importancia a quiénes son los socios que al capital que aportan.
En este tipo de sociedades, la confianza entre los socios es fundamental, ya que suelen tener una responsabilidad mayor en relación con las obligaciones de la empresa.
Estas son las que deberías conocer:
Sociedades Colectivas
En una Sociedad Colectiva, todos los socios participan activamente en la gestión de la empresa y tienen responsabilidad ilimitada y solidaria por las deudas sociales.
Esto significa que, si la empresa incurre en deudas, los socios podrían tener que responder con su patrimonio personal, no solo con lo que han aportado a la sociedad.
Este tipo de sociedad es ideal cuando existe un alto nivel de confianza entre los socios, y todos desean tener un rol activo en la administración del negocio.
- Número de socios: Mínimo 2 accionistas
- Razón social: Lleva el nombre completo o el apellido de alguno/s de los socios, seguido de las expresiones “y compañía” o la abreviatura “& Cía.”, “Hnos.” “e Hijos”.
Sociedades en Comandita Simple
La Sociedad en Comandita Simple es una mezcla entre una sociedad de personas y una de capital.
Aquí, existen dos tipos de socios:
- Los socios colectivos, que tienen responsabilidad ilimitada y aportan trabajo o capital industrial y
- Los socios comanditarios, que sólo aportan capital y tienen responsabilidad limitada al monto de su inversión.
Este tipo de sociedad es útil si buscas combinar la gestión activa de unos socios con la inversión pasiva de otros, permitiendo así una mayor flexibilidad en la estructuración del negocio.
- Número de socios: Mínimo 1 socio gestor y no más de 25 socios comanditarios.
- Razón social: Lleva el nombre completo o solo el apellido de uno o más socios colectivos, seguido de la expresión “Compañía”, “& CIA.S.” más la expresión “S. en C.”
Sociedades de Responsabilidad Limitada
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una opción popular para pequeñas y medianas empresas.
En esta estructura, la responsabilidad de los socios está limitada al monto de su aporte, lo que significa que no arriesgan su patrimonio personal en caso de deudas de la empresa, con la excepción de que frente a obligaciones tributarias o laborales los socios responden de manera solidaria.
- Número de socios: Mínimo 2 socios y máximo 25.
- Razón social: Lleva el nombre de la empresa seguido de la expresión “Limitada” o “LTDA.”.
Empresas Unipersonales
Una Empresa Unipersonal es una figura especial donde una sola persona constituye la empresa, asumiendo la totalidad de los derechos y obligaciones. La responsabilidad se limita al valor de los bienes que aporta a la sociedad.
Aunque no es exactamente una sociedad en el sentido tradicional, se incluye en este grupo porque permite al emprendedor operar bajo una estructura formal, separando parcialmente su patrimonio personal del de la empresa.
Esta forma es adecuada para individuos que desean emprender solos, pero con una estructura legal que les permita crecer y proteger su responsabilidad.
- Número de socios: Se compone solo por 1 persona natural o jurídica.
- Razón social: Lleva el nombre de la sociedad seguido de la expresión “empresa unipersonal.” o la sigla “E.U.”.